
Si estás en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y tu negocio va creciendo, seguro te has preguntado qué pasa cuando te acercas al límite de ingresos. Esta semana hubo una noticia importante: la Cámara de Diputados aprobó una reforma que sube ese límite. Aquí te explicamos qué pasó, a quién le afecta y qué te conviene hacer.
¿Qué pasó?
Los diputados le dieron luz verde el 14 de octubre a los cambios a la Ley del ISR que vienen dentro del Paquete Económico 2027. Uno de los más importantes es para RESICO:
- Personas físicas: el tope pasaría de 3.5 millones a 5 millones al año.
- Empresas (personas morales): el tope pasaría de 35 millones a 50 millones al año.
La reforma ya está en el Senado, que dijo estar listo para revisarla junto con la Ley de Ingresos 2027.
¿Ya es obligatorio?
Todavía no. Para que el cambio aplique, el Senado tiene que aprobarlo y después se tiene que publicar en el Diario Oficial de la Federación. Mientras eso no pase, siguen valiendo las reglas actuales, incluido el límite de 3.5 millones para personas físicas. Si alguien te dice que "ya puedes facturar hasta 5 millones en RESICO", todavía no es así.
¿A quién le afecta?
Sobre todo a quienes:
- Ya están en RESICO y sus ingresos se acercan al tope actual.
- Salieron de RESICO, o no pudieron entrar, por pasarse del límite.
- Tienen una empresa pequeña que va creciendo y ven en RESICO una opción más sencilla.
Un detalle importante: estar debajo del tope no basta para tributar en RESICO. El régimen tiene otros requisitos, y cada caso se revisa por separado.
¿Qué otros cambios trae la reforma?
La misma reforma incluye ajustes que afectan a otros contribuyentes:
- Empresas que ganan más de 50 millones de pesos al año: tendrían un límite para descontar gastos de sus impuestos.
- Pérdidas de años anteriores: solo podrían usarse para cubrir hasta la mitad de las ganancias del año.
- Plataformas digitales: las apps te quitarían ISR antes de pagarte: 2.1% en reparto y transporte, 2.5% en venta de bienes y servicios y 4% en hospedaje. Si no le das tu RFC a la plataforma, te quitarían 20%.
Si vendes o trabajas por apps, revisa que tu RFC esté registrado en cada una.
¿Qué tienes que hacer y para cuándo?
Por ahora no hay ningún trámite ni fecha que cumplir por este cambio. Lo que sí te recomendamos:
- No cambies de régimen todavía. Primero hay que ver qué decide el Senado y cómo queda la versión definitiva.
- Lleva el control de tus ingresos de 2026. Saber cuánto llevas facturado te dirá si este cambio te beneficia.
- Mantén al día tus declaraciones y facturas. Si el cambio se aprueba, vas a querer aprovecharlo sin tener pendientes con el SAT.
- Revisa los comprobantes de lo que te quitan las apps (constancias de retención), si trabajas con plataformas digitales.
En resumen
Si los senadores confirman lo que votaron los diputados, quienes tributan en RESICO podrán facturar más sin salirse del régimen: hasta 5 millones si eres persona física y hasta 50 millones si es una empresa. Es una buena noticia para los negocios que están creciendo, pero falta ese paso y su publicación oficial. Mientras tanto, lo mejor es tener tus números en orden.
¿Quieres saber si este cambio te conviene o cómo prepararte? Escríbenos por WhatsApp o mándanos un mensaje. Lo revisamos contigo, en tu lenguaje.
Fuentes
- El Financiero – Reforma a la Ley del ISR: los tres cambios aprobados para 2027 (14 de octubre de 2026)
- El Informador – Cámara de Diputados aprueba la Ley del ISR 2027 (14 de octubre de 2026)
- El Imparcial – Reforma al ISR 2027: qué cambia para empresas y contribuyentes RESICO (15 de octubre de 2026)
- Milenio – Senado, listo para analizar Ley de Ingresos 2027 (18 de octubre de 2026)
¿Te pasa esto?
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Este artículo es informativo y no sustituye una asesoría fiscal personalizada.
